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Lambaré

Cárdenas fue condenado a ocho años de cárcel, pero no irá preso

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El exintendente de Lambaré, Roberto Cárdenas (ANR), fue condenado a ocho años de prisión por lesión de confianza agravada en el marco de la construcción de 15 escuelas en el municipio. Sin embargo, el exjefe comunal no irá preso debido a que el Tribunal de Sentencia decidió mantener las medidas cautelares.

El Tribunal de Sentencia conformado por Yolanda Portillo, Elsa García y Yolanda Morel decidió por unanimidad dar la condena de ocho años de cárcel al exmandatario de lambareño, Roberto Cárdenas, por el hecho punible de lesión de confianza agravada y actividades peligrosas en la construcción de 15 escuelas de Lambaré.

Por su parte, el exadministrador de la Comuna, Guido Salcedo, fue condenado a seis años de cárcel por lesión de confianza agravada en 15 oportunidades y actividades peligrosas en la constricción de instituciones educativas.

El ingeniero de las obras, Carlos Mendieta, y el dueño de la empresa constructora que se encargó de las edificaciones (ADC Construcciones), Alejandrino Duarte, fueron condenados a tres años de prisión, debido a que el Tribunal los reconoció como cómplices de los hechos punibles.

No obstante, las juezas decidieron mantener las medidas cautelares a los acusados, por lo que ninguno de ellos irá a la cárcel, según se pudo escuchar en el juicio oral y público transmitido por la Corte Suprema de Justicia en su página de Facebook.

El perjuicio patrimonial a la Comuna lambareña en asciende a unos G. 859 millones, que provenían del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide), de acuerdo con los datos mencionados por las magistradas en el juicio.  

Obras hechas por mano de obra no calificada  con material de mala calidad

Durante procedimiento judicial,  la presidenta del Tribunal de Sentencia, Yolanda Portillo, explicó que los peritos hallaron evidencias de que las escuelas en cuestión poseían fisuras en las obras hechas recientemente y esto se debió a la pésima calidad del material que fu utilizado así como que la construcción  no fue llevada a cabo por mano de obra calificada. De hecho, en varias de las edificaciones ni siquiera contaban con el plano de la construcción.

Además, éste punto constituyó un agravante, pues las juezas consideraron que con sus acciones los acusados pusieron en riesgo la vida de personas, principalmente de niños y adolescentes que asistían a dichos recinto con fines educativos.

Cárdenas pagó por obras antes de que se realicen

Igualmente, en el proceso del juicio se pudo comprobar que el exjefe comunal pagó las obras por adelantado y con ello se demostró que Cárdenas y Salcedo no cuidaron debidamente los fondos del municipio, de acuerdo con la fuente de referencia.

“Se comprobó en juicio que, en el mando de sus poderes legales (como intendente de Lambaré), el señor Roberto Cárdenas Ramírez ordenó las  transferencias de fondos del Fonacide  a 15 escuelas, las cuales ocasionaron  un perjuicio de 859 millones de guaraníes a la Comuna lambareña”, según manifestó Portillo.

Este punto constituyó otro agravante para el caso pues el pago adelantado fue llevado a cabo  en 15 oportunidades.

Caso empezó con la caída del Colegio Nacional de Lambaré

El agente fiscal, Luis Said, encargado del caso Cárdenas comentó en una entrevista para las redes sociales de la Fiscalía que la causa de la caída del techo del colegio lambareño fue ampliada en un caso judicial distinto por lesión de confianza debido a irregularidades en obras de construcción de otras 15 instituciones educativas del municipio, según la publicación de la Fiscalía.

Dichas irregularidades tendrían relación con la supuesta sobrefacturación en el monto destinado a las obras, según informó la fiscala Teresita Torres a Lambaré Mbarete. Por ello, el caso lleva la carátula de «lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción».

Este caso, fue postergado en varias oportunidades por diversos medios dilatorios promovidos la defensa de Cárdenas, de acuerdo con las palabras el agente del Ministerio Público, Luis Said.

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